domingo, 25 de octubre de 2026

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Despido: cómo se cuentan los 20 días hábiles de caducidad

El plazo para impugnar un despido es de caducidad. Qué días cuentan y qué lo suspende.

Palacio de Justicia de Sevilla. Foto: Frobles, Wikimedia Commons (CC BY-SA 4.0).
Palacio de Justicia de Sevilla. Foto: Frobles, Wikimedia Commons (CC BY-SA 4.0).
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Claves

  • Veinte días hábiles desde el despido.
  • Sábados, domingos y festivos no cuentan.
  • La papeleta de conciliación suspende el plazo.

La acción contra el despido caduca a los veinte días hábiles siguientes a aquel en que se produjo (artículo 59.3 del Estatuto de los Trabajadores).

Qué días no cuentan

No se computan los sábados, los domingos ni los festivos, tampoco los días 24 y 31 de diciembre.

Qué suspende el plazo

La presentación de la papeleta de conciliación suspende el cómputo. Se reanuda al día siguiente del intento de conciliación o cuando pasan quince días hábiles desde la presentación sin que se haya celebrado (artículo 65.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

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