Con las Cortes disueltas, los decretos leyes los convalida la Diputación Permanente
La Constitución prevé quién decide sobre los decretos leyes cuando no hay Congreso. Así funciona y qué plazo se aplica.
Claves
- Los decretos leyes rigen desde su publicación, pero deben convalidarse en treinta días.
- Con las Cortes disueltas, convalida la Diputación Permanente del Congreso.
- Las nuevas Cámaras reciben cuenta de lo decidido.
Un real decreto ley entra en vigor al publicarse, pero es provisional: el Congreso debe convalidarlo o derogarlo en una votación de totalidad dentro de los treinta días siguientes a su promulgación (artículo 86.2 de la Constitución).
Qué pasa si no hay Congreso
Cuando las Cámaras están disueltas, sus facultades sobre los decretos leyes las asume la Diputación Permanente del Congreso (artículo 78.2 de la Constitución). Es lo que ocurre ahora, tras el Real Decreto 806/2026, de disolución de las Cortes.
Cuando se constituyan las nuevas Cámaras, la Diputación Permanente les dará cuenta de lo que haya decidido (artículo 78.4).
Fuentes oficiales
- Constitución Española, artículos 78 y 86
- Real Decreto 806/2026, de disolución de las Cortes Generales


