Seis meses para el impuesto de Sucesiones, y cómo pedir la prórroga
El plazo empieza el día del fallecimiento. Se puede alargar otros seis meses si se pide a tiempo.
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Claves
- Plazo general: seis meses desde el fallecimiento.
- Prórroga de seis meses más, pedida en los cinco primeros.
- La prórroga genera intereses de demora.
El impuesto de Sucesiones debe presentarse en los seis meses siguientes al fallecimiento.
La prórroga
Se puede pedir una prórroga de otros seis meses. La solicitud debe presentarse dentro de los cinco primeros meses del plazo. Durante la prórroga se pagan intereses de demora.
El impuesto lo gestiona cada comunidad autónoma, que fija sus propias reducciones y bonificaciones.
Fuentes oficiales
- Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Real Decreto 1629/1991), artículos 67 y 68


